IATA logo

Carga Aérea Menajes - Particulares Argentina

Carga Aerea Menajes - Particulares para Argentina

ARGENTINA

Carga Aerea Particulares - Menajes a Argentina

Modalidad Aplica exclusivamente para:

1. Argentinos que retornan al país

2. Extranjeros que obtengan su residencia permanente en el país

3. Diplomaticos - funcionarios extranjeros, en misión oficial en la República Argentina

Expresadas en EUR por kilo según peso del envío.

Relación peso/volumen: 1m3 = 167 Kilos.

Tarifas incluyen tasas: FUEL(Recargo Combustible);SCC(security);PNS(plan Nacional Seguridad)

TARIFAS CARGA AEREA PARTICULARES / EFECTOS PERSONALES ARGENTINA

**no validas durante periodo COVID (Consultar tarifa en Cotizador)

  

Origen: Oficina Madrid 

Para recogidas dentro de España, consulte coste transito.  

Para recogidas en otros paises de Europa, consulte coste transito. 

ORIGEN

(MAD)

CITY

IATA

CODE

CIUDAD Minimo Eur.+ Q45 kg+ 100 kg+ 300 kg+ 500 kg+ 1000 kg

Origen:

Oficina

central

Madrid

        

EZE

 BUENOS AIRES €/kg 

€/kg

€/kg  €/kg €/kg
 TARIFA 1  (EZE) MAX. HEIGHT IS 160 CM - ALTURA MAXIMA 160 CM.
   

 ROS

 ROSARIO consultar en cotizador
 TARIFA 1

(ROS) MAX. HEIGHT IS 70 CM - ALTURA MAXIMA 70 CM.

ancho maximo 70 cm - largo maximo 100 cm / Peso Max x Bulto: 100 kg

   
COR

CORDOBA

 consultar en cotizador
 TARIFA 1  (COR) MAX. HEIGHT IS 160 CM - ALTURA MAXIMA 160 CM. [Act.XII-2019]
   
 MDQ  MAR DE PLATA consultar en cotizador
 TARIFA 1

 (MDQ) MAX. HEIGHT IS 70 CM - ALTURA MAXIMA 70 CM.

 USH  USHUAIA SOLICITAR PRESUPUESTO 
 TARIFA 1  
   

  

Otros cargos: Fijo €:
Emisión MAWB y Despacho aduana:  60€
Traslado Aeropuerto - Handling: (hasta 1000 kg)  30€
Traslado Aeropuerto - Handling: (< 1000 kg)  consultar
 Opcionales Particulares:  Fijo €:
 **Recargo Recogida a domicilio España:  +0.50€/kg

 http://www.alaslatinas.co/cotizador  

[Consulte en cotizador automatico, posibles tarifas promocionales para este destino] 

Importante nuevas regulaciones emitidas por las aduanas de Argentina [AWB]:  

En cumplimiento a las nuevas regulaciones emitidas por las aduanas de Argentina desde agosto 2019, todas las guías aéreas, tanto físicas y digitales, como Master  

(MAWB) y House (HAWB), con destino o tránsito en Argentina cuenten con los siguientes datos:  

En el campo de Nombre y Dirección de Consignatario (Consignee’s Name and Address):  

  • • CUIT: Clave Única de Identificación Tributaria:  

o Para embarques con destino en Argentina, utilizar el CUIT del consignatario.  

o Para embarques transitando en Argentina, utilizar CUIT aerolínea utilizada para el  transito  

  • • Para todos los embarques de menaje de casa o efectos personales, será necesario también incluir  

el Número de Pasaporte del consignatario.  

En el campo de Información de Manejo (Handling Information):  

  • • Código HCC o HS: Clave de Comodidad Harmonizada de la mercancía.   

Esto es debido a actualizaciones a las regulaciones del sistema de aduanas del país. Si la mercancía no cuenta con esta información, el embarque podrá tener la entrada al país denegada. 

ASUNTO: Nota informativa a clientes previo envío de menajes Argentina;

Estimado Cliente;

Previo a programar un menaje hacia Argentina, y con el fin de evitarse complicaciones con la aduana de su país, verifique que cumple estas condiciones exigidas por las aduanas de Chile para poder aplicar a la exoneración de tributos de un menaje de casa.

Equipaje de entrada

Los extranjeros que obtengan su residencia permanente en la República Argentina y los argentinos que retornan al país luego de haber residido en el exterior, gozan de determinados beneficios para importar bienes. A continuación se resumen los bienes y exenciones que rigen, dependiendo del tiempo de residencia en el exterior de los argentinos que retornan al país:

 Tiempo de residencia en el exterior / Bienes y exenciones que rigen Efectos personales y del hogar, nuevos o usados, destinados al uso del beneficiario o de su grupo familiar Herramientas, máquinas, aparatos e instrumentos siempre que acrediten ser necesarios para el ejercicio de su profesión, arte u oficio Un automóvil usado y registrado a nombre del interesado

Argentinos que retornan al país luego de haber residido menos de UN (1) año en el exterior

 

Importación sujeta al pago de tributos

 

Importación sujeta al pago de tributos

 

Importación prohibida

 

Argentinos que retornan al país luego de haber residido más de UN (1) año y menos de DOS (2) años en el exterior**

 

Importación libre de impuestos Importación libre de impuestos

Importación sujeta al pago de tributos

Argentinos que retornan al país luego de haber residido más de DOS (2) años en el exterior**

 

Importación libre de impuestos Importación libre de impuestos

Importación exenta siempre que su valor en aduana sea inferior o igual a U$S 15.000, o su equivalente en otra moneda.

 

Extranjeros que obtengan residencia permanente en el país** Importación libre de impuestos Importación sujeta al pago de tributos

Importación exenta siempre que su valor en aduana sea inferior o igual a U$S 15.000, o su equivalente en otra moneda.

 

 

-----------------------------------------------------------------------------------------------------
**Argentinos que retornan al país luego de haber residido más de UN (1) año y menos de DOS (2) años en el exterior

Importación de Bienes

Los argentinos que retornan al país luego de haber residido más de UN (1) año y menos de DOS (2) años en el exterior, y que van residir en forma permanente en la República Argentina podrán importar libres de gravámenes los siguientes bienes nuevos o usados:

Muebles y otros bienes de uso doméstico
Herramientas, máquinas, aparatos e instrumentos necesarios para el ejercicio de su profesión, arte u oficio, que no permitan presumir la instalación de talleres, laboratorios comerciales, industriales o semejantes.

Condiciones

Podrán gozar de esta franquicia siempre que en el último año no hubieren realizado viajes ocasionales al país que excedieran de sesenta (60) días.
Esta franquicia podrá ser utilizada por el viajero una vez cada tres (3) años contados a partir de la fecha de liberamiento.
Fuente normativa:
RG 3751/94

 ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

**Argentinos que retornan al país luego de haber residido más de DOS (2) años en el exterior y Extranjeros que obtengan residencia permanente en el país  

 Los extranjeros que obtengan su residencia permanente en la República Argentina, y los argentinos que retornan al país luego de haber residido más de DOS (2) años en el exterior, pueden importar los siguientes bienes, con las exenciones en el pago de derechos de importación, impuestos, tasas, contribuciones y demás gravámenes que se detallan a continuación:

1. Argentinos que retornan al país luego de haber residido más de 2 años en el exterior

Los bienes detallados en los puntos anteriores (exentos sin límite de valor) y
los bienes destinados a su actividad laboral, entendiéndose como tales las herramientas, máquinas, aparatos e instrumentos siempre que acrediten ser necesarios para el ejercicio de su profesión, arte u oficio, y que no permitan presumir la instalación de talleres, laboratorios comerciales, industriales o semejantes. Estos bienes se encuentran exentos sin límite de valor.

2. Extranjeros que obtengan su residencia permanente en el país:

Efectos personales y del hogar, nuevos o usados, destinados al uso del beneficiario o de su grupo familiar, siempre que por su cantidad, naturaleza o variedad no permitieren presumir que se importan con fines comerciales o industriales. Estos bienes se encuentran exentos sin límite de valor.
Un automóvil por persona con 18 años cumplidos o emancipada, usado y registrado a nombre del interesado. El automóvil deberá estar registrado ante la autoridad oficial competente del país de procedencia, con 3 meses de anticipación, como mínimo, a la fecha de ingreso al país del sujeto solicitante.
Se encuentra exento siempre que su valor en aduana sea inferior o igual a U$S 15.000, o su equivalente en otra moneda. Cuando su valor sea superior al citado importe se deberá tramitar la importación del bien en el marco de la Resolución Nº 5107/80 (ANA) o la que en el futuro la reemplace y la totalidad de su valor quedará sujeto al pago de los tributos que gravan la importación para consumo.

Solicitud de Importación de los bienes

La solicitud de autorización de importación se debe formalizar mediante la presentación de una nota en la Mesa General de Entradas, según corresponda, de la Dirección Aduana de Buenos Aires, la Dirección Aduana de Ezeiza o las Divisiones Aduana dependientes de la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior.

Con la referida solicitud se deberá presentar, en original y copia, la siguiente documentación:

1.
Documentación que acredite la identidad del interesado (Documento Nacional de Identidad o Pasaporte).
2.
Para los extranjeros con residencia permanente en el país, la certificación emitida por la Dirección Nacional de Migraciones, en el marco de la Ley Nº 25.871 y su modificación.
3. Para los argentinos, el cambio de domicilio en el Documento Nacional de Identidad realizado en el exterior, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 47 de la Ley Nº 17.671 y el certificado de residencia o baja consular solicitado por su traslado a la República Argentina, donde conste el tiempo de residencia en el extranjero.
4. Documento de transporte, a excepción de aquellos bienes que hayan ingresado por sus propios medios o en condición de equipaje.
5.
Lista de empaque o declaración jurada consignando la descripción detallada de los bienes ingresados.
6. Factura de compra original o declaración jurada del valor del automóvil.
7. Constancia de inscripción del vehículo ante la autoridad oficial competente del país de procedencia o declaración jurada visada por el Consulado argentino.


**Las copias de la citada documentación serán certificadas por el agente interviniente de este Organismo, previo cotejo con los originales, los que se devolverán al interesado.

**Cuando la documentación esté redactada en idioma extranjero, deberá acompañarse su traducción al idioma español certificada por traductor público nacional.

**Asimismo, toda documentación emitida en el extranjero deberá estar debidamente certificada, legalizada o, en su caso, apostillada por el Consulado argentino con jurisdicción en el país de origen.

Condiciones

El beneficiario deberá fijar y mantener actualizado su domicilio ante la Aduana de registro durante el plazo de 2 años, contados a partir de la fecha del libramiento de la mercadería de que se trate. El cambio de domicilio deberá ser comunicado en un plazo no mayor a 2 días hábiles administrativos de producido el mismo.
La tenencia, posesión o propiedad de los bienes importados al amparo de este régimen no podrán ser objeto de cesión o transferencia a título oneroso, ni gravados, por el plazo de 2 años contados a partir de la fecha de su introducción a plaza, sin autorización previa de la Dirección General de Aduanas de esta Administración Federal. Al inscribir la propiedad de los automotores en los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y Créditos Prendarios se consignará:
En el certificado de identificación del vehículo y a continuación del apellido y nombres del titular, la leyenda: "Único Autorizado para Conducir", y
En el Título de Propiedad del Automotor la expresión: "El vehículo no podrá ser transferido hasta el día/mes/año".
Los sujetos podrán acogerse a estos beneficios una vez cada 7 años, contados desde la fecha de emisión del acto administrativo por el que hayan sido acordados.
Referencia Normativa: Ley 25.871 - RG 3109/11
Otros Sitios de Interés: Consulado Español - Consulado Italiano



Declaración:
Todo viajero que arribe al territorio aduanero deberá efectuar sin excepción la Declaración de Aduanas, completando todos los campos previstos en los formularios OM-2087/G3  para vía Aérea.

Equipaje acompañado:
Mercancías que quedan incluidas en el concepto de equipaje y que viajan en el mismo medio de transporte que lo hace el viajero.

Otros servicios

Alasbox