Express Courier Costa Rica
Servicio Paqueteria Costa Rica No disponible
Consulte servicio de carga aerea - Costa Rica
- Carga Aérea Empresas
- Empresas (envios-exportaciones comerciales)
- Carga Aérea Equipajes - Particulares
- Particulares (envios-equipajes no acompañados)
- Paquete Carga Aérea Menajes - Particulares
- Particulares (envios menajes-mudanzas)
- Paquete Mascotas / Animales Vivos
- Animales Vivos (envios de animales vivos - procedimiento de carga)
- Paquete Mercancías Peligrosas
- Mercancías Peligrosas (envios mercancias DGR)
Consulte servicio de envío documentos - Costa Rica
Restricciones Costa Rica:
Prohibido el envio de liquidos, alimentos, medicamentos, llantas usadas, zapatos usados, ropa interior.
Emision documentacion:
Todas las facturas, deben tener fecha de facturacion, numero de factura y nombre de la persona o la empresa que emita la misma, precio unitario y valor total (en dolares americanos $)
INFORMACION ADICIONAL ADUANA COSTA RICA
3.3.2. Mercancías ingresadas como envíos urgentes o bajo el sistema de entrega rápida o “courier
3.3.2.1. Envíos urgentes
Son aquellos que responden a una necesidad justificada y previo cumplimiento de requisitos arancelarios (pagos de derechos aduaneros e impuestos) y no arancelarios (permisos de importación); deben de despacharse bajo un procedimiento especial y rápido. Se incluyen en esta modalidad, las mercancías ingresadas bajo el sistema de entrega rápida o “courier”, cuyo ingreso es efectuado por empresas registradas ante el servicio aduanero.
3.3.2.2. Envíos bajo el sistema de entrega rápida o “courier”
Son aquellos que, transportados bajo el sistema de entrega rápida y de acuerdo a la clasificación establecida, deben despacharse de manera preferente, previo cumplimiento de requisitos arancelarios (pago de derechos aduaneros e impuestos) y no arancelarios (permisos de importación).
3.3.2.3. Categorías de mercancías importadas bajo el sistema de entrega rápida
1. Envíos que son transportados y sujetos a ser declarados por las empresas de entrega rápida o “courier”. En este caso, se trata de envíos que arriban al país, amparados por un manifiesto de empresa de entrega rápida o “courier” únicamente. Estos envíos pueden ser de tres tipos:
**Documentos y correspondencia: Estos documentos y correspondencia pueden
presentarse en formato de disco compacto (CD) o papel y no están sujetos al pago de
derechos e impuestos. Los documentos pueden estar impresos, siempre que no se
presenten en cantidades comerciales. El software se excluye de esta categoría.
**Mercancías por las cuales no se perciben derechos ni impuestos:
Estas mercancías deben haber sido previamente designadas, por medio de un Decreto Legislativo del Gobierno de Costa Rica, como “libres de impuestos”.
**Envíos sujetos al pago de derechos e impuestos:
Cualquier otra mercancía que se encuentre afecta al pago de derechos e impuestos, que no ha sido catalogada para importarse en un régimen en el que exista suspensión o exoneración de derechos aduaneros e impuestos.
2. Pequeños envíos sin carácter comercial
Son las mercancías remitidas del exterior, para uso o consumo del destinatario o de su familia, cuya importación está exenta del pago de derechos e impuestos. Es autorizada por la autoridad aduanera, siempre que su valor en aduana no supere US$ 500 y cumpla con las siguientes condiciones:
a. que el destinatario no haya utilizado este beneficio en los últimos seis meses, anteriores a la fecha que tiene el documento de transporte, como día de llegada a Costa Rica.
b. que la cantidad de mercancías que se importen, no parezca ser destinada a fines comerciales.
c. que el destinatario o importador de las mercancías, sea una persona física.
Estos envíos serán registrados de oficio, por la aduana que elabora y tramita la correspondiente declaración “oficiosa” a nombre del importador.