IATA logo

Informacion Adicional Costa Rica

paqueteria

Servicio Paqueteria Costa Rica No disponible

 

Consulte servicio de carga aerea - Costa Rica

Consulte servicio de envío documentos - Costa Rica

 

Impuestos Costa Rica:

Sujetos a pago de impuestos 30%-40% sobre valor declarado o valor que determine la aduana de Costa Rica.

Restricciones Costa Rica:

Prohibido el envio de liquidos, alimentos, medicamentos, llantas usadas, zapatos usados, ropa interior.

Emision documentacion:

Todas las facturas, deben tener fecha de facturacion, numero de factura y nombre de la persona o la empresa que emita la misma, precio unitario y valor total (en dolares americanos $)

INFORMACION ADICIONAL ADUANA COSTA RICA

3.3.2. Mercancías ingresadas como envíos urgentes o bajo el sistema de entrega rápida o “courier

3.3.2.1. Envíos urgentes

Son aquellos que responden a una necesidad justificada y previo cumplimiento de requisitos arancelarios (pagos de derechos aduaneros e impuestos) y no arancelarios (permisos de importación); deben de despacharse bajo un procedimiento especial y rápido. Se incluyen en esta modalidad, las mercancías ingresadas bajo el sistema de entrega rápida o “courier”, cuyo ingreso es efectuado por empresas registradas ante el servicio aduanero.

3.3.2.2. Envíos bajo el sistema de entrega rápida o “courier”

Son aquellos que, transportados bajo el sistema de entrega rápida y de acuerdo a la clasificación establecida, deben despacharse de manera preferente, previo cumplimiento de requisitos arancelarios (pago de derechos aduaneros e impuestos) y no arancelarios (permisos de importación).

3.3.2.3. Categorías de mercancías importadas bajo el sistema de entrega rápida

1. Envíos que son transportados y sujetos a ser declarados por las empresas de entrega rápida o “courier”. En este caso, se trata de envíos que arriban al país, amparados por un manifiesto de empresa de entrega rápida o “courier” únicamente. Estos envíos pueden ser de tres tipos: 

**Documentos y correspondencia: Estos documentos y correspondencia pueden

presentarse en formato de disco compacto (CD) o papel y no están sujetos al pago de

derechos e impuestos. Los documentos pueden estar impresos, siempre que no se

presenten en cantidades comerciales. El software se excluye de esta categoría.

**Mercancías por las cuales no se perciben derechos ni impuestos:

Estas mercancías deben haber sido previamente designadas, por medio de un Decreto Legislativo del Gobierno de Costa Rica, como “libres de impuestos”.

**Envíos sujetos al pago de derechos e impuestos:

Cualquier otra mercancía que se encuentre afecta al pago de derechos e impuestos, que no ha sido catalogada para importarse en un régimen en el que exista suspensión o exoneración de derechos aduaneros e impuestos.

2. Pequeños envíos sin carácter comercial

Son las mercancías remitidas del exterior, para uso o consumo del destinatario o de su familia, cuya importación está exenta del pago de derechos e impuestos. Es autorizada por la autoridad aduanera, siempre que su valor en aduana no supere US$ 500 y cumpla con las siguientes condiciones:

a. que el destinatario no haya utilizado este beneficio en los últimos seis meses, anteriores a la fecha que tiene el documento de transporte, como día de llegada a Costa Rica.

b. que la cantidad de mercancías que se importen, no parezca ser destinada a fines comerciales.

c. que el destinatario o importador de las mercancías, sea una persona física.

Estos envíos serán registrados de oficio, por la aduana que elabora y tramita la correspondiente declaración “oficiosa” a nombre del importador.

 

Otros servicios

Alasbox